El Gobierno redujo de US$3000 a U$S1000 el límite para las compras en el exterior que se realicen a través de los llamados servicios de courier o puerta a puerta. La medida alcanza desde este viernes a personas humanas y jurídicas, resolvió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP).
Lo hizo mediante la resolución general 5260, publicada en el Boletín Oficial, en la que introduce cambios en las normas relativas a la importación y exportación de mercaderías por parte de empresas habilitadas como Prestadores de Servicios Postales/Courier.
La decisión de la AFIP abarca a las compras de productos en el extranjero, cuyos envíos se realizan a través de correos, conocido como puerta a puerta. Busca, según se indicó en los considerandos de la resolución, “el fortalecimiento de acciones de control y fiscalización ejecutadas en los distintos regímenes de importación”.
La medida se suma al fin de las cuotas para las compras en el exterior de pequeños envíos, que dispuso el Banco Central (BCRA) a fines de junio, y el recargo para el dólar tarjeta, vigente desde el 14 de julio, se pone en marcha cuando el ministro de Economía, Sergio Massa, evalúa mayores restricciones a los gastos con tarjeta en el exterior.
Qué dice la resolución 5260 de la AFIP que limita las compras con el “puerta a puerta”
La AFIP expuso que en el sistema puerta a puerta se detectaron operaciones “con irregularidades, las cuales derivaron en denuncias infraccionales y/o penales”. Por eso, “se optó por adoptar medidas tendientes a fomentar el resguardo de la renta fiscal”. También sostuvo que “resulta necesario actualizar los valores FOB vigentes para las mercaderías ante el “escenario económico actual y a fin de evitar la desnaturalización del régimen en trato”.
En ese sentido, estableció que los nuevos criterios rigen para los envíos que ingresen a través de un servicio courier “destinados a personas humanas o jurídicas, conformados por hasta tres unidades de la misma especie y que no presuman finalidad comercial, donde el peso total del envío sea de hasta cincuenta kilogramos y el valor FOB de las mercaderías consignadas a un mismo destinatario no excedan US$1000 por vuelo.
También se modificó el valor para los casos de exportación para consumo en forma simplificada: “El valor FOB de las mercaderías a exportarse no exceda los US$3000 para cada remitente del envío”.
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Qué productos se pueden comprar por el sistema “puerta a puerta”
Por los servicios de courier se puede adquirir mercadería de uso personal y no comercial como comestibles, indumentaria, juguetes, productos tecnológicos, objetos de decoración.
Los límites ahora son de hasta 50 kilos de peso y no pueden superar los US$1000 de importe final por vuelo. Los pequeños envíos, además, tienen un tope de cinco por año para uso personal
La franquicia libre de impuestos sigue vigente en US$50. Superado ese límite debe pagarse una tasa equivalente al 50% del valor del bien importado.