Economía

Nuevo piso de Ganancias: cómo quedan las escalas y cuándo recibirán los trabajadores la devolución retroactiva

La suba del piso del impuesto a las Ganancias, anunciada por Economía este jueves, implica que desde este mes solo pagarán el tributo quienes perciban remuneraciones superiores a los $700.875, mientras que las escalas se incrementan en un 35%, de manera retroactiva a enero de este año.

El monto base que regía hasta el momento para pagar Ganancias era de $506.230, por lo que abarcaba a 1.015.000 de trabajadores, de los cuales a partir de ahora 300.000 dejarán de pagar el impuesto, mientras que 715.000 tendrán una reducción en la carga tributaria por el aumento retroactivo de las escalas.

Nuevo piso

  • No deberá abonar el tributo ningún trabajador cuya remuneración bruta no supere los $700.875.
  • En los casos en que la remuneración bruta del mes supere los $700.875 y resulte inferior o igual a $808.101, neta de $670.723, se computará una deducción especial incrementada.

Escalas

  • Aumento de las escalas para el cálculo de Ganancias en un 35%.
  • El incremento es retroactivo a enero de 2023.
  • Lo retenido de más de enero a julio se devuelve al empleado en dos cuotas mensuales, con los salarios de agosto y septiembre de 2023.

¿Cómo realizar el cálculo del Impuesto a las Ganancias?

Para el cálculo de la retención mensual del Impuesto a las Ganancias de cuarta categoría, asociadas al trabajo, se parte del sueldo bruto, que se define como la totalidad de las retribuciones remunerativas y no remunerativas a los efectos previsionales. Se debe tener en cuenta que no se contemplan como ganancia los viáticos, las Asignaciones Familiares, el material didáctico, la Movilidad, los Ex Combatientes.

A la remuneración gravada luego se le restan los aportes a la Jubilación, Obra social, y Ley 19032 (PAMI) y las deducciones generales, entre las cuales se encuentran las cuotas médico asistenciales, las prima de seguro, los alquileres, y las donaciones entre otros, para obtener así la ganancia neta .

A este concepto se le restan el mínimo no imponible, la deducción especial, y las cargas de familia para llegar a la ganancia neta sujeta a impuesto sobre la cual se aplican las tablas para realizar el cálculo de la retención correspondiente.