Ante consultas de clientes y medios, la empresa expone la metodología utilizada para calcular el consumo del servicio en medio del aislamiento, de acuerdo con las normas que fueron entrando en vigencia, dictadas por el Poder Ejecutivo y por el ENARGAS.
En el marco del aislamiento social, preventivo y obligatorio decretado por las autoridades nacionales, y ante la dificultad -por razones sanitarias- de realizar la lectura de medidores residenciales y no residenciales por parte del personal de la empresa, el Ente Nacional Regulador del Gas (ENARGAS) estableció inicialmente la metodología para calcular el consumo, mientras durase la cuarentena.
Según la resolución, ante las circunstancias imperantes, la estimación debía realizarse sobre la base de los consumos históricos de cada cliente. Para ello se tomaban las facturas del mismo período de los dos años anteriores, se calculaba un volumen diario promedio, en función de los días incluidos en dicha factura y ese volumen se multiplicaba por los días del período que debía realizarse la facturación.
Las facturas emitidas entre el 27 de marzo y el 5 de abril inclusive, se estimaron con datos operativos, de acuerdo con lo establecido por el DNU presidencial para razones de fuerza mayor. Las que se emitieron a partir del 6 de abril son por histórico de consumos, de acuerdo con aquella resolución del ENARGAS.
Para el caso de usuarios nuevos, sin histórico de consumo o con datos menores al año, el ente regulador emitió una resolución según la cual se determina que “las prestadoras del servicio de distribución de gas por redes, durante el lapso de vigencia del aislamiento social, preventivo y obligatorio”, podrán tomar el estado del medidor respectivo, bajo la forma de declaración jurada, enviado por el usuario.
El miércoles 29 de abril, el ENARGAS -mediante Resolución 35/2020- fijó nuevos ajustes a la mecánica de la estimación de los consumos, que obliga a considerar “el menor registro de consumo correspondiente al mismo período de los años 2017, 2018 y 2019 para los usuarios con lecturas estimadas y para aquellos que, pudiendo remitir sus consumos mediante declaración jurada no lo hicieren en un plazo de 60 días corridos.
Vale destacar que una vez normalizada la facturación del servicio, al finalizar la cuarentena y obtenida la primera lectura del medidor, de surgir diferencias en favor del cliente entre lo calculado y lo real, se acreditará la misma en la factura posterior, en una sola vez. En el caso en que la diferencia sea en favor de la empresa, la suma resultante se facturará al cliente en 3 cuotas consecutivas de valores idénticos cada una.
Como corresponde, MetroGAS modificó y adecuó la forma de realizar el cálculo según lo establecido tanto por el decreto presidencial, así como por las normativas del ENARGAS, el ente regulador de nuestra actividad.